BASES LEGALES SORTEO DE DÉCIMOS DE LOTERÍA 

1.- Promotor del Sorteo. Adn Comunity, S.L. (en adelante el ‘Organizador’), con domicilio en calle Villarroel 216, 3-2 de Barcelona (08036) y con N.I.F. número B-66336165, organiza el “Sorteo de décimos de lotería” (en adelante el ‘Sorteo’).

 

El Sorteo se regirá por lo previsto en estas Bases (en adelante las ‘Bases’) y por la legislación que fuese de aplicación.

 

2.- Ámbito de Aplicación. 2.1. Participantes. Podrán participar en el Sorteo todas aquellas personas mayores de 18 años que residan legalmente en el estado español y que hayan realizado compras y pagos de productos del Organizador a través del sitio web www.redenhair.com (en adelante el ‘Sitio Web’) y dentro del ámbito temporal del siguiente apartado 2.2 (en adelante los ‘Participantes’).

 

Cada compra realizada por los Participantes que cumpla con lo previsto en el párrafo anterior generará automáticamente un número (en adelante el ‘Número de Pedido’) que será el número que entrará en el Sorteo. En el propio Sitio Web al finalizar la compra se confirmará al Participante que su compra entra automáticamente en el Sorteo.

 

El Participante tendrá tantos Números de Pedido como compras realice que cumplan con los requisitos antes indicados. Por tanto, un mismo Participante podrá participar del Sorteo con varios Números de Pedido.

 

No podrán participar en este Sorteo los empleados del Organizador, sus familiares y las personas relacionadas con las empresas que colaboren en la gestión del presente Sorteo.

 

2.2. Ámbito temporal del Sorteo. El periodo comprende los pedidos realizados desde el 1 de enero de 2022 y los pedidos generados hasta el 19 de diciembre (a las 23:59 horas) /Consecuentemente solo podrán participar en el Sorteo y optar al Premio aquellas personas que además de cumplir con los requisitos indicados en el anterior apartado 2.1. cumplan con el ámbito temporal del concurso.

 

2.3. El Organizador se reserva el derecho de modificar las presentes Bases en caso de fuerza mayor y debiéndolo avisar a todos los Participantes.

 

3. ObjetivoEl Sorteo se realiza con el objetivo de premiar a los clientes del Organizador así como para promocionar sus productos.

 

4. Premio. El premio de este Sorteo consiste en 122 décimos del número 10.906 de la Lotería de Navidad organizada por Loterías y Apuestas del Estado respecto del sorteo que tendrá lugar el 22 de diciembre de 2022.

 

Los 122 décimos serán sorteados individualmente de manera que al finalizar el sorteo habrá 122 Participantes que hayan sido agraciados con un décimo de los indicados (en adelante cada uno de ellos el ‘Ganador’ y todos o algunos conjuntamente los ‘Ganadores’) (en adelante cada décimo de los indicados individualmente el ‘Premio’).

 

Como complemento de lo anterior, y a efectos de claridad, el Organizador no garantiza en modo alguno que el Premio sea un décimo finalmente beneficiario de algún premio puesto que todo ello estará sujeto al azar del sorteo que Loterías y Apuestas del Estado realizará el 22 de diciembre de 2022.

 

5. Mecánica del Sorteo. La participación en este Sorteo no requiere la realización de ningún procedimiento específico, simplemente es necesario que se cumplan los requisitos del apartado 2 y el Organizador le dará de alta en la base de datos de los Participantes y sobre la que se realizará el Sorteo.

 

Las presentes Bases han sido depositadas ante el Notario de Barcelona Sr. Adolfo Bujarrabal Antón y estarán accesibles en todo momento por los Participantes en el Sitio Web.

 

La participación en el Sorteo de forma fraudulenta (uso de robots, sistemas no manuales, hackeo, etc.) o incumpliendo cualquiera de las reglas y condiciones previstas en estas Bases y aceptadas por el Participante en el momento de formalizar su consentimiento, supondrá la eliminación automática del Participante lo que le dejará sin derecho a Premio ni a ninguna de las ventajas adicionales previstas en estas Bases. El Organizador se reserva el derecho de denunciar civil o penalmente las situaciones creadas por los Participantes que a su juicio vulneren sus derechos o los de terceros.

 

6. Modo de realización del Sorteo. El Sorteo se realizará el 20 de diciembre de 2022 en el despacho del Notario Sr. Adolfo Bujarrabal Antón ubicado en Avda. Diagonal 459, 2º, 1º 08036 de Barcelona y con el teléfono 932723420.

 

7. Comunicación y entrega del premio. El Organizador comunicará a todos los Participantes que hayan sido premiados dicha circunstancia. La comunicación se realizará a través del correo electrónico que facilitaron en el momento de darse de alta para realizar la compra de los productos en el Sitio Web. Además, en dicho correo se les enviará una copia escaneada del Premio. Dicha comunicación deberá ser remitida a cada uno de los Ganadores entre los días 20 y 21 de diciembre de 2022, requiriendo expresamente una confirmación por parte de los mismos (acuse recibo antes del mismo 22 de diciembre).

 

Si los décimos de lotería que conforman el Premio no fuesen agraciados en modo alguno el Organizador quedará autorizado para destruir automáticamente y sin otro trámite los originales de los décimos que conforman el Premio.

 

Si los décimos de lotería que conforman el Premio fuesen agraciados con un premio de hasta 2.000 euros el original del décimo será remitido a cada Ganador por mensajería privada al domicilio que haya facilitado al darse de alta para poder realizar la compra de los productos. La responsabilidad de la recepción del sobre remitido con el Premio será única y exclusiva del Ganador. El Organizador dejará de ser responsable a todos los efectos de la custodia del Premio desde el momento en el que la empresa de mensajería recoja el sobre para entregarlo al Ganador. En todo caso, el Organizador comunicará por correo electrónico a cada Ganador el localizador del envío de su Premio.

 

Por su parte si los décimos de lotería que conforman el Premio fuesen agraciados con un premio de superior a 2.000 euros el original del décimo deberá ser recogido por el Ganador en el domicilio del Organizador, esto es calle Villarroel 216, 3-2 de Barcelona (08036) debiendo comparecer el Ganador entre las 9:00 y las 18:00 de lunes a viernes. El Ganador deberá acreditar su identidad por medio de exhibición de Documento Nacional de Identidad/Número de Identificación de Extranjeros/Pasaporte original. El Ganador, para recepcionar el original del Premio, deberá permitir que el Organizador realice y guarde una copia del documento con el que se ha acreditado y suscribir un documento que declare la recepción del mismo. La entrega de los originales de los décimos que conforman el Premio se realizará entre el 27 de diciembre de 2022 y el 1 de marzo de 2023. A partir de esa fecha los Ganadores deberán concertar una visita antes de poder retirarlo. A partir del 27 de diciembre de 2022, el Organizador enviará un nuevo correo recordatorio y si 15 días después el Ganador no ha pasado a retirar el original del Premio, el Organizador quedará autorizado para cobrar el décimo y entregar el dinero neto recibido por el mismo a una entidad sin ánimo de lucro.

 

Si el Ganador no pudiese asistir personalmente podrá delegar en una tercera persona que deberá comparecer por medio de escritura pública de poder notarial específica para este acto y para poder firmar el acta de recepción indicada anteriormente. Una copia del poder y del Documento Nacional de Identidad/Número de Identificación de Extranjeros/Pasaporte será guardada por el Organizador.

 

La no presentación de la documentación indicada, la negativa a proporcionarla o la no concordancia de la misma con los datos de registro al Sorteo permitirá al Organizados retener la entrega del Premio hasta que todos los anteriores aspectos se cumplan y aclaren. Si llegado el 1 de marzo de 2023 aun no estuviese todo claro y acreditado el Organizador podrá retener definitivamente para sí el Premio en cuestión y destinarlo a una Entidad sin Ánimo de Lucro como antes se ha indicado.

 

Desde que el Organizador entregue al Ganador el décimo original dejará de ser responsable de su custodia, sustracción, extravío o pérdida circunstancias que recaerán por completo en el propio Ganador o representante.

 

8. Protección de datos de carácter personalLos datos personales que voluntariamente facilite el participante serán tratados conforme a la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal y serán utilizados exclusivamente con la finalidad de poder gestionar el presente Sorteo. También se informa al Participante que por la firma del presente consiente dicho tratamiento y además es informado de que dichos datos personales quedarán incorporados en un fichero propiedad de ADN COMUNITY, S.L.

 

Los datos adicionales que sean trasladados por el ganador para la recepción y, en su caso, comunicación pública del premio, serán utilizados exclusivamente para llevar a cabo la correcta gestión de dicha comunicación pública y entrega del premio.

 

La indicación de los datos personales de las personas ganadoras tendrá carácter obligatorio, en la medida en que serán necesarios para la gestión del Premio.

 

El ejercicio de los derechos de acceso, rectificación oposición y cancelación podrán ejercitarse a través del correo electrónico: accesos@redenhair.com así como en la dirección de Adn Comunity, S.L., con domicilio Villarroel 216, 3-2 08036 Barcelona.

 

9. Cesión de derechos de los Participantes y del ganador. El Organizador se reserva la opción de reproducir, utilizar y difundir el nombre y apellidos de los Participantes finalistas y de los Ganadores en cualquier actividad publicitaria y/o promocional que esté relacionada con el presente Sorteo, todo ello en cualquier medio incluyendo con carácter enunciativo, no limitativo, la explotación a través de prensa escrita, TV, Internet, páginas web del Organizador y sus perfiles de Facebook, Twitter, Linkedin, Instagram sin que dichas actividades les confieran derecho de remuneración o beneficio alguno más allá de la entrega del Premio previsto en estas Bases.

 

Dicha autorización se realiza para el ámbito territorial de España y por un plazo máximo de 3 años si bien el Organizador no garantiza un periodo mínimo.

 

10. Retención fiscal. De conformidad con la normativa del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, el premio concedido por la participación en juegos, Sorteos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros. Se informa en este sentido, que el valor de los premios del presente Sorteo es superior a dicha cuantía, por lo que sí procede realizar retención o ingreso a cuenta alguno.

 

11. Generales.

 

a)      La participación en el presente Sorteo supone el conocimiento y aceptación de las presentes Bases y el criterio del Organizador para la resolución de cualquier incidencia.

 

b)      La participación en el presente Sorteo es gratuita, sin coste para el Participante, salvo los inherentes a la utilización de Internet que serán a su cargo.

 

c)      El Organizador se reserva el derecho de efectuar cualquier cambio, suspender, cancelar o ampliar este Sorteo siempre que a su criterio exista una causa que lo justifique, incluido el incumplimiento de los niveles de participación previstos en el momento de elaborar la campaña de promoción, sin que ello suponga un deber de indemnización de ningún tipo.

 

d)      El Organizador se reserva el derecho de dejar fuera del presente Sorteo a aquellos Participantes, y en su caso finalistas y ganadores, que realicen una utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases, faciliten datos falsos o no veraces o, en general, que no cumplan con alguna de las condiciones aquí establecidas o no acepten su contenido.

 

e)      Los datos personales que voluntariamente facilite el participante deberán ser veraces y completos. En caso de no serlo el Organizador queda facultado para excluir del Sorteo al Participante en cuestión.

 

f)       Las presentes Bases serán accesibles a través del Sitio Web.

 

 

12. Ley aplicable. Estas Bases están sujetas a la legislación española. Cualquier reclamación relacionada con el sorteo debe enviarse por escrito a ADN COMUNITY S.L., calle Villarroel 216, 3-2 (08036). En caso de controversia en la aplicación o interpretación de estas bases y en ausencia de un acuerdo amistoso, todo litigio estará sujeto a los tribunales de la ciudad de Barcelona.

 

 

Barcelona a 29 de noviembre de 2022

 

 

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